martes, 30 de agosto de 2016

CORPES

Los CORPES fueron la figura que se tomo como estrategia para promover la definición de regiones “surgieron ante la imposibilidad de cambiar la Constitución del 86 en la cual sólo podían ser entidades territoriales los municipios y los departamentos; en muy buena medida debido a la presión ejercida en la Costa Atlántica para se reconociera como región” (Acosta Medina, 2001), otros intentos de construir región en la historia nacional se pude ver en “la Constitución de 1863, que estableció el concepto de estados federados, un estadio autonómico de la región. Estos conceptos prevalecieron hasta que Rafael Núñez promulga la Constitución de 1886 que establece una fórmula, dicotómica y ambivalente, como una solución de compromiso entre centralismo y descentralización al determinar que Colombia se regía por la centralización política y la descentralización administrativa” (Acosta Medina, 2001), pero cuál es la diferencia entre los CORPES y las RAP contempladas en la carta constitucional;

1. A diferencia de las Regiones de Planificación, las RAP tienen personería jurídica.

2. A diferencia de las Regiones de Planificación, las Rap tienen patrimonio propio y

3. Las RAP ganan autonomía porque en los CORPES había un Coordinador que era funcionario de Planeación Nacional, ahora habría un Director de las Regiones Administrativas y de Planeación designado por los gobernadores que conformen la región, pues él está llamado a ser el interlocutor frente al gobierno nacional” (Acosta Medina, 2001), pero entre otros factores que han imposibilitado la concreción de la RAP se enuncian por diversos autores los siguientes “el Fondo de Regalías se convirtió en la "caja menor" del Gobierno Nacional, a pesar de que la Ley estableció este Fondo para otorgar recursos a las entidades territoriales en la preservación del medio ambiente, la minería y la financiación de proyectos de desarrollo regional” (Acosta Medina, 2001), la RAP son un escenario intermedio para llegar a la conformación de regiones plenamente definidas y funcionales pero “Dejó abierto el espacio para un proceso gradual de regionalización de acuerdo con los artículos 306 y 307 de forma que se crearan primero Regiones Administrativas y de Planificación tomando como referencia los CORPES, y luego, madurada la experiencia de las RAP, se pudieran transforma en regiones con toda la plenitud de una entidad territorial de carácter subnacional”(Suarez Fernandez, 2006).

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