martes, 23 de agosto de 2016

ACUERDO 116 DEL 2000 Articulo 17-18-19


ARTICULO 17:  modelo territorial regional se establecen los siguientes sistemas especificos como instrumentos que sean la base para el logro de la imagen, el bojetivo y el cumplimiento de los elementos de comunicacion

a) sistemas de comunicación
garantizara la funcionalidad, espacialidad y conectividad de las diferentes areas reconociendo la religion entre las tres grandes ciudades del sistema urbano colombiano.

b) sistema ambiental
favorecerá el desarrollo sostenible entorno al potencial hidrico y ortografico permitiendo el equilibrio de este con los demás elementos del paisaje.

c) sistema de equipamientos e infraestructura
la infraestructura debe garantizar la funcionalidad, conectividad y espacialidad como consecuencia de la dimencion social y cultural.

d) sistema de negociación 
se garantizara el sistema de planificación, congruencia y retroalimentacion de los planos de desarrollo municipales hacia la inversión regional.

ARTICULO 18: Es una estructura urbana regional e intraurbana y la estrategia general para la localización de actividades e infraestructura que se localizan en concordancia con la imagen objetivos, propuesta por el plan de ordenamiento territorial.

ARTICULO 19:  SISTEMA DE MODELO TERRITORIAL MUNICIPAL.
instrumentos que se deben utilizar para el logro de la visión del municipio y la consolidación del modelo de territorio municipal.
* sistema vial y de transporte
* sistema de servicios públicos
* sistema de terminación y manejo de espacio publico
* sistema de vivienda de interés social
* sistema de localización de equipamientos municipales 
* sistema de cesiones al espacio publico y equipamientos

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